Condiciones de compra
A estas condiciones, se le anexan aquellas especificaciones técnicas y otras condiciones propias del pedido en particular. Con la aceptación del mismo, el Proveedor renuncia a sus propias condiciones de venta, si ellas fueran contrarias a nuestras condiciones.
- Formalizando el pedido, el Proveedor deberá enviar a REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L. la copia aceptada del pedido dentro de los 5 dÃas siguientes a la fechas de su emisión. Si no es recibida en REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L. la aceptación del pedido en el plazo indicado, se entenderá que el mismo ha sido aceptado por el Proveedor.
- El plazo de entrega acordado por REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L., deberá cumplirse rigurosamente. En caso de incumplimiento en la entrega por causas imputables al Proveedor, REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L. podrá aplicar una penalidad semanal del 2% sobre el importe total del pedido, y acumulativa con la indemnización que por daños y perjuicios corresponda exigir a consecuencia de dicho retraso. REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L. podrá, incluso, en este caso, cancelar el pedido sin indemnización alguna para el Proveedor.
No se permitirán entregas parciales de la mercancÃa salvo indicación en contrario de REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L. Asimismo correrá por cuenta del Proveedor el transporte de la mercancÃa hasta las instalaciones de REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L. o el lugar de entrega acordado, asà como el seguro a todo riesgo.
La mercancÃa viajará bajo la responsabilidad exclusiva del Proveedor, quién asume los riesgos de pérdida o averÃa de la misma.
- Cuando las mercancÃas y materiales que después de recibidos e inspeccionados por REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L. no concuerden en calidad, dimensiones, etc., con el pedido, REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L. podrá actuar de las siguientes maneras:
- Devolución de las mercancÃas y materiales defectuosos, por cuenta y riesgos del proveedor.
- Solicitar el abono de los costes adicionales en los que REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L. haya incurrido para sanear y preparar la mercancÃa siendo estos imputables al Proveedor.
- Las mercancÃas se enviarán acompañadas del correspondiente albarán donde se indicará la fecha de entrega, el número de pedido y la cantidad y especificación del material enviado. Es obligatoria la entrega de un albarán por pedido con la salvedad de los pedidos que pertenezcan a una misma orden de fabricación.
- Se adjuntarán a la factura los certificados de calidad de los materiales entregados a REVESTIMIENTOS METALICOS PLAMAR, S.A.L.
- La mercancÃa se abonará, salvo acuerdo contrario por escrito, mediante recibo a 75 dÃas f.f. con vencimiento el dÃa 5 y 20 de cada mes o el inmediato siguiente si fuese festivo el dÃa del vencimiento.
Nota: Los importes de las notas de cargo que les puedan ser cursadas, o de sus abonos provenientes de materiales devueltos, nos deberán ser ingresados con antelación a los vencimientos de las facturas a que correspondan. En otro caso les serán deducidos del importe de sus facturas, atendiendo éstas parcialmente.
- En general salvo pacto en contrario la transferencia de la propiedad de la mercancÃa y el material tendrá lugar una vez efectuada la descarga en el lugar de entrega.
- El presente contrato entrará en vigor en la fecha de su firma por ambas partes y tendrá una duración de 1 año, a cuyo fin las partes podrán dar por terminado el mismo, notificando a la otra parte de forma fehaciente de su voluntad de no renovarlo.
Transcurrido el perÃodo contractual sin que ninguna de las partes haya manifestado su intención de no renovarlo, el mismo se entenderá prorrogado por 1 año, siendo posible su resolución por denuncia unilateral de cualquier de las partes, sin necesidad de invocar causa alguna mediante notificación por escrito.
Una vez rescindido o no renovado el contrato, el Proveedor se verá obligado a cumplir con los pedidos que durante ese momento estén en curso y sin entrega, salvo acuerdo contrario por las dos partes.
- IX. Para la resolución de todo tipo de controversias que puedan surgir de la aplicación, ejecución o interpretación de este contrato, el Proveedor, con renuncia expresa a su propio fuero, se somete a los Juzgados y Tribunales de Donostia-San Sebastián.